POR Evelyn Linares
Pregunta:
¿Yo podría recibir beneficios de excónyuge?
Respuesta:
Si está divorciado, su excónyuge puede recibir beneficios bajo su registro (incluso si se ha vuelto a casar) si:
• Su matrimonio duró 10 años o más.
• Su excónyuge no está casado.
• Su excónyuge tiene 62 años o más.
• El beneficio que su excónyuge tiene derecho a recibir bajo su propio trabajo es menor que el beneficio que recibiría bajo su trabajo.
• Tiene derecho a los beneficios por jubilación o incapacidad del Seguro Social.
Pregunta:
¿Cuánto puede recibir mi excónyuge?
Respuesta:
Si no ha solicitado beneficios por jubilación, pero puede calificar para ellos, su excónyuge puede recibir beneficios en su registro si ha estado divorciado durante al menos dos años continuos.
Si su excónyuge tiene derecho a los beneficios por jubilación en su propio registro, pagaremos esa cantidad primero. Si el beneficio en su registro es más alto, recibirán una cantidad adicional en su registro para que la combinación de beneficios sea igual a esa cantidad más alta.
La cantidad de beneficios que recibe su excónyuge no tiene ningún efecto sobre la cantidad de beneficios que usted o su cónyuge actual pueden recibir.
Pregunta:
¿Cómo acumulo créditos de Seguro Social y cuántos se necesitan para tener derecho a beneficios?
Respuesta:
Nosotros usamos la cantidad total anual de sus ganancias para calcular sus créditos de Seguro Social. En el 2025, la cantidad de ganancias necesarias para un crédito es $1,810. Usted puede acumular un máximo de cuatro créditos por cualquier año. La cantidad que necesita para ganar un crédito aumenta automáticamente cada año según aumentan los niveles de ganancias promedio.
Usted necesita acumular cierto número de créditos para tener derecho a los beneficios de Seguro Social. El número de créditos que necesita depende en su edad cuando solicite y el tipo de beneficio que esté solicitando. Nadie necesitará más de 40 créditos para recibir cualquier beneficio de Seguro Social.
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