La Constitución de 1940 (XXVI)

Written by Libre Online

1 de julio de 2025

Artículo 185.

Además de las atribuciones que las Leyes electorales le confieran, el Tribunal Superior Electoral queda investido de plenas facultades para garantizar la pureza del sufragio, fiscalizar e intervenir cuando lo considere necesario en todos los censos, elecciones y demás actos electorales, en la formación y realización de nuevos partidos, reorganización de los existentes, nominación de candidatos y proclamación de los electos.

Artículo 186.

La Ley organizará los Tribunales Electorales. Para formarlos, podrá utilizar a funcionarios de la carrera judicial.

Sección Quinta – Del Ministerio Fiscal 

Artículo 188.

El Ministerio Fiscal representa al pueblo ante la administración de Justicia y tiene como finalidad primordial vigilar el cumplimento de la Constitución y de la Ley.

Sección Sexta- Del Consejo Superior de Defensa Social y de los Tribunales para Menores

Artículo 192.

Habrá un Consejo Superior de Defensa Social que estará encargado de la ejecución de las sanciones y medidas de seguridad que impliquen la privación o la limitación de la libertad individual, así como de la organización, dirección y administración de todos los establecimientos o instituciones que se requieran para la más eficaz prevención y represión de la criminalidad.

Este organismo, que gozará de autonomía para el ejercicio de sus funciones técnicas y administrativas, tendrá también a su cargo la concesión y revocaciones de la libertad condicional, de acuerdo a la Ley.

Felipe Lorenzo

Hialeah, F

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