5 COSAS QUE DEBE SABER CUANDO SU HIJO CON DISCAPACIDAD CUMPLE 18 AÑOS (II)

Written by Libre Online

23 de enero de 2024

Por Evelyn Linares

4. Apoyo para la vivienda: Una vez que su hijo cumpla 18 años, podrá elegir o calificar para diferentes arreglos de vivienda dependiendo de los servicios que ya reciba. Si su hijo recibe servicios de terapia en la escuela, ¿cómo los recibirá una vez que se vaya? Podrían recibirlos a través de una exención de Medicaid o de un seguro privado. La calificación para los servicios de relevo también puede verse diferente. Los servicios de relevo permiten que los cuidadores familiares tengan tiempo para alejarse de sus obligaciones. Es esencial que comprenda todos los beneficios y opciones disponibles para su hijo después de completar la escuela secundaria antes de decidir sobre los arreglos y servicios de vivienda. 

5. Protecciones financieras 

• Fideicomiso para necesidades especiales: actualice los documentos de planificación patrimonial antes de que su hijo cumpla 18 años. De lo contrario, la herencia puede cancelar los beneficios gubernamentales de su hijo. 

• Cuenta ABLE: Puede depositar fondos en esta cuenta hasta un límite determinado cada año; sin embargo, existen límites en cuanto a lo que cubre su financiación. Más información sobre las cuentas ABLE está disponible en www.ssa.gov/payee/able_accounts.htm.  Los niños que reciben beneficios en el registro de uno de los padres pueden continuar recibiendo esos beneficios hasta los 19 años si son estudiantes de escuela primaria o secundaria de tiempo completo. Las personas que tienen una discapacidad calificada que comenzó antes de los 22 años también pueden ser elegibles para recibir beneficios por hijos a cualquier edad. Para obtener más información, revise la publicación Beneficios para niños en www.ssa.gov/pubs/EN-05-10085.pdf. 

Cuando su hijo cumpla 18 años, considere estos temas mientras navega por su futuro financiero. Para obtener más información, comuníquese con Special Needs Alliance en www.specialneedsalliance.org/contact-us o visite el sitio web del Seguro Social en www.ssa.gov.

Nuestra publicación de este artículo no constituye un respaldo o recomendación de ninguna organización, autor o página web que no sea del Seguro Social.

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